Luisa María Albores, secretaria de Medio Ambiente, señaló la prohibición del maltrato a los animales.
Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó el pasado 5 de febrero un paquete de reformas a la Constitución, María Luisa Albores , secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), explicó las reformas competentes al sector ambiental.
En la conferencia mañanera del presidente López Obrador de este miércoles 14 de febrero en Palacio Nacional, Albores puntualizó lo que se propone.
Sobre la preferencia de la disponibilidad del agua para consumo personal y uso doméstico, la titular de Semarnat mencionó la reforma al párrafo sexto del artículo 4: “Se establece la preferencia del consumo personal y doméstico del agua sobre cualquier otro uso”.
Agregó que la iniciativa propone reforma al párrafo sexto del artículo 27 para prohibir el otorgamiento de concesiones de agua en zonas con escasez o sequía.
En el caso de la prohibición de las concesiones para actividades de minería a cielo abierto, Albores mencionó modificaciones al párrafo sexto del artículo 27 “con el objeto de prohibir, tanto el otorgamiento de concesiones, como las actividades de exploración, explotación, beneficio o uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides a cielo abierto; asimismo, se sancionaran a las personas que realicen estas actividades si no se tienen los permisos”.
La secretaria de Medio Ambiente acusó que hay minería a cielo abierto porque se dieron permisos anteriores, y destacó que en esta administración no se han entregado.
La titular de Semarnat mencionó una modificación al párrafo séptimo del artículo 27 constitucional para prohibir el otorgamiento de contratos para la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos a través del fracking.
“Se sancionarán a las personas que realicen cualquier actividad relacionada con este tipo de extracción”, dijo.
Protección de los animales
En materia de protección animal, María Luisa Albores señaló la prohibición del maltrato a los animales y a la facultad del Congreso de la Unión para emitir la ley general que regula la concurrencia del Gobierno federal, gobiernos estatales y municipales, así como demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de:
-Protección de los animales de acuerdo con su naturaleza, características y vínculos con las personas.
-Prevención y prohibición del maltrato en la crianza y en el aprovechamiento de animales para consumo humano.
-Medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.
Agregó que en la reforma del artículo tercero se agrega que planes y programas de estudio educativos deberán incluir la protección del cuidado de los animales.
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