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Reforma al Artículo 2 constitucional será publicado en varias lenguas

Claudia Sheinbaum impulsa derechos de comunidades indígenas con reformas y decretos.

Reforma: Claudia Sheinbaum impulsa derechos de comunidades indígenas con reformas y decretos.
Redacción El Tiempo
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La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que la publicación se hará este martes

Al conmemorar el Día Internacional de los Derechos Humanos, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que hoy publicará la reforma al Artículo 2 de la constitución en varias lenguas, que reconoce derechos a pueblos y comunidades indígenas.

“El día de hoy vamos a publicar la reforma al artículo segundo constitucional en varias lenguas, celebrando este Día Internacional de los Derechos Humanos”, dijo.

La reforma entró en vigor el pasado 1 de octubre y garantiza a los pueblos originarios y pueblos indígenas su derecho a decidir conforme a sus sistemas normativos, representantes y formas internas de gobierno, y establece que la nación tiene una composición pluricultural y multiétnica.

Claudia Sheinbaum firma decretos en favor de pueblos indígenas

Esta mañana, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó dos decretos presidenciales en favor de los pueblos y comunidades indígenas del país.

El primero es decreto para que se publiquen en lenguas indígenas la reforma constitucional al artículo 2 que da derechos plenos a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

El segundo decreto presidencial tiene que ver con la creación de la Comisión Presidencial para el Seguimiento y la Atención de los Planes de Justicia de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.

La Comisión tendrá como objeto diseñar, acordar, coordinar, implementar, financiar, dar seguimiento y evaluar los Planes de Justicia y Desarrollo Regional con la finalidad de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, su bienestar y desarrollo integral, intercultural y sostenible, así como el fortalecimiento de su patrimonio cultural y natural.

Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión deberá garantizar y respetar el carácter de sujetos de derecho público de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en particular, el ejercicio de su libre determinación y autonomía, sus formas propias de gobierno y organización social, económica y cultural, en los términos reconocidos por la constitución y tratados internacionales.

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