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Jueza de Morelos da suspensión definitiva contra reforma judicial

Martha Eugenia Magaña López otorgó la razón a petición de quejosos que no se lleve a cabo el debate ni se apruebe dicha reforma

Reforma Judicial: Martha Eugenia Magaña López otorgó la razón a petición de quejosos que no se lleve a cabo el debate ni se apruebe dicha reforma
Redacción El Tiempo
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Colectivos a favor y en contra de la reforma judicial se manifiestan afuera del Senado de la República.

La jueza Quinto de Distrito de Morelos, Martha Eugenia Magaña López frenó indefinidamente la discusión de la reforma judicial en la Cámara de Diputados, aunque ya fue aprobada ayer por la supermayoría de Morena y sus aliados en una sede alterna de la Ciudad de México.

La juez concedió este miércoles la suspensión definitiva en el juicio de amparo que un grupo de jueces federales tramitó la semana pasada para frenar el dictamen de reforma constitucional al determinar que la propuesta implica una vulneración relevante a los derechos humanos de los quejosos.

En la versión pública de la sentencia, Magaña López reiteró que dada la transversalidad de los derechos humanos, la vulneración de uno de ellos puede impactar en otros, como acontecen el caso, pues viola la esfera jurídica de la parte quejosa, con relación a lo que reclama en el presente asunto, por lo que al ser una disposición de orden público y de interés social este afectaría cuando la suspensión se prive a la colectividad de un beneficio que le otorgan las leyes o se le infiere un daño que de otra manera no resentiría.

"Si a los quejosos se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, es claro que la suspensión debe otorgarse para efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse cabría la posibilidad de ser inatacable".

“Lo anterior, debido a que de negarse la suspensión, al momento de materializarse la reforma constitucional y cumplidos los plazos de la misma, los peticionarios quedarían en estado de indefensión si eventualmente fueran separados de sus cargos”.

La jueza explicó que no hubo informes previos del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto del secretario de Gobernación y de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, por lo que dio por ciertos los actos reclamados.

“Lo anterior, toda vez que fueron omisas en rendir su respectivo informe, no obstante de encontrarse debidamente notificadas para tal efecto, como se advierte de autos; situación, respecto de la cual se proveerá lo conducente en la sentencia respectiva”.

Por otra parte, la juzgadora hizo del conocimiento al Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, la queja que la Fiscalía General de la República (FGR) interpuso contra la suspensión provisional de oficio que otorgó a los jueces federales inconformes.

Dicho Tribunal Colegiado cuenta con un plazo de 48 horas para resolver si confirma, modifica o revoca la suspensión provisional que se le otorgó a cuatro jueces de distrito.

Asimismo, el Tercer Tribunal en materia Penal y Administrativa con residencia en Cuernavaca, Morelos, desechó el recurso de queja que interpuso un particular para impugnar la misma resolución, la cual se mantiene firme.

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