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Desechan quejas electorales en Frontera y Sierra Mojada

La queja fue presentada también por el Partido del Trabajo para impugnar el cómputo electoral final

Quejas electorales : La queja fue presentada también por el Partido del Trabajo para impugnar el cómputo electoral final
Miguel Villarello / El Tiempo Monclova
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El Tribunal Electoral resolvió por la vía del desecho dos impugnaciones de las alcaldías de Frontera y Sierra Mojada.

El Tribunal Electoral de Coahuila continúa resolviendo impugnaciones que tienen que ver con el proceso electoral, en este caso dos correspondientes al resultado electoral de los ayuntamientos de Frontera y Sierra Mojada, en los que desechó las quejas del Partido del Trabajo.

Además de la resolución que válida en favor del Instituto Electoral de Coahuila (IEC) por la integración de los cabildos, que son las más, y que son promovidas tanto por partidos políticos como la ciudadanía y no estar de acuerdo con la integración de sindicaturas de minoría y regidurías de representación proporcional.

La impugnación relativa al ayuntamiento de Sierra Mojada fue presentada por el Partido del Trabajo en contra de la coalición PRI-PRD-UDC para tratar de echar abajo el cómputo electoral final, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de constancias de triunfo a la planilla de dicha coalición en cuanto a las regidurías y sindicatura de mayoría relativa.

Se trató del expediente TECZ-JE-36/2024, no obstante, el Tribunal desechó de plano el medio de impugnación interpuesto por el PT porque se dio por válida su improcedencia, pues fue extemporánea su presentación de demanda.

En el segundo caso, con el mismo sentido, fue el expediente TECZ-JE-40/2024 del municipio de Frontera, sin embargo, la impugnación se presentó de manera extemporánea, el 10 de junio, ya cuando había concluido el plazo para impugnar luego de emitido el cómputo oficial de la elección.

La queja fue presentada también por el Partido del Trabajo para impugnar el cómputo electoral final y la declaración de validez de la elección.

Sin embargo, la ley indica un plazo de 4 días para presentar la demanda y a partir de que concluya el cómputo de votos y si el cómputo de Frontera concluyó el 5 de junio, el período para impugnar fue del 6 al 9 de junio.

Pero la controversia se presentó el día 10 de junio, es decir, fuera del plazo, por lo que resultó extemporáneo y las magistraturas resolvieron desecharla.

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