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Congreso de Coahuila aprueba reforma al PJ y entrará en vigor el 1 de enero

La minuta de la reforma será enviada a los 38 municipios de Coahuila.

congreso: La minuta de la reforma será enviada a los 38 municipios de Coahuila.
Penélope Cueto / El Tiempo Monclova
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Las listas de candidatos serán enviadas al Instituto Electoral de Coahuila. 

El Congreso del Estado aprobó este jueves la reforma a la Constitución Política de Coahuila que establece el inicio del proceso electoral para jueces y magistrados locales. La reforma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, permitirá la elección extraordinaria de estos funcionarios judiciales, programada para el primer domingo de junio del mismo año.

La minuta de la reforma será enviada a los 38 municipios de Coahuila para que los Cabildos la revisen y, en su caso, den su aprobación y posteriormente se pueda emitir la convocatoria correspondiente para las elecciones.

Según la reforma, los aspirantes tendrán un plazo de 10 a 20 días para hacer campaña antes de las elecciones y los jueces y magistrados electos comenzarán a ejercer sus funciones el 1 de septiembre de 2025.

El proceso electoral contará con la participación de un comité de evaluación, integrado por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, quienes serán los encargados de revisar y aprobar los registros de los aspirantes.

Las listas de candidatos serán enviadas al Instituto Electoral de Coahuila (IEC), que será responsable de la organización y el cómputo de los comicios. Además, los candidatos tendrán derecho a acceder a radio y televisión para difundir su imagen, conforme a la distribución de tiempo estipulada por las leyes federales, a través del Instituto Nacional Electoral (INE) y podrán participar en entrevistas, mesas de discusión o foros de debate organizados por el IEC o por entidades del sector público, privado o social, siempre en condiciones de equidad.

La reforma garantiza la paridad de género y promueve la igualdad para los cargos de elección popular del Poder Judicial, tanto unipersonales como colegiados. Además, prohíbe los actos anticipados de campaña y establece que los únicos gastos permitidos serán los personales de los candidatos, los cuales serán autorizados, auditados y sancionados por el IEC.

Asimismo, la reforma prohíbe la contratación de espacios en medios de comunicación para promocionar las candidaturas, ya sea directamente o a través de intermediarios. Los partidos políticos tienen prohibido participar en cualquier etapa del proceso electoral judicial, y no podrán expresarse ni hacer proselitismo en relación con las elecciones de jueces y magistrados. Los funcionarios públicos deberán cumplir con el principio de neutralidad establecido por la Constitución y las leyes aplicables, y esta misma limitación se aplica a sindicatos, la iglesia y personas extranjeras.

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