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Pierde presidente del IEC ante su Consejo

Pierde presidente del IEC ante su Consejo
Miguel Villarello / El Tiempo Monclova
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El Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del IEC sobre la designación de funcionarios de alta jerarquía y que estarán a cargo de la presidencia, pero con la decisión definitiva por parte de las consejerías electorales.

Saltillo, MÁS. – El Tribunal Estatal Electoral desechó la segunda queja que el titular de la presidencia del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, Rodrigo Germán Paredes Lozano, interpuso contra los integrantes del Consejo General, pues el órgano colegiado jurisdiccional dejó en firme el acuerdo de procedimientos de designación y remoción de personal.

Se trata acuerdo IEC/CG/176/2023, el cual tiene que ver con algunas atribuciones de la Presidencia del Consejo y referente a los lineamientos para la ratificación, designación, encargadurías de despacho y remoción de las personas titulares de la Secretaría Ejecutiva, Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del organismo local electoral.

Dicho acuerdo del IEC fue emitido el 20 de junio y aprobado por mayoría de votos, específicamente abordaba el procedimiento para la ratificación, la designación, la encargaduría de despacho y remoción de una persona titular de la Secretaría Ejecutiva, nueve Direcciones Ejecutivas y cuatro Unidades Técnicas del IEC.

El inciso a discusión y origen de la queja fue el Artículo 8. Que indica “La ratificación, designación, encargaduría de despacho y remoción, de la persona titular de la Secretaría, las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del Instituto, deberá ser aprobada por el Consejo General con al menos el voto de cinco consejerías”; ello no obstante que quedó en la Presidencia como en algunas consejerías la atribución de proponer aspirantes a los puestos mencionados.

Sin embargo, el expediente analizado durante la sesión del tribunal este lunes fue el TECZ-JDC-79/2023, del que los tres magistrados, por unanimidad de votos, determinaron confirmar el acuerdo de dicho organismo autónomo.

Ello porque se constató en la exposición de motivos que los lineamientos impugnados se ajustan a los términos previstos en la legislación, de tal forma que, el hecho de que se reiteren algunas disposiciones contempladas en el Reglamento de Elecciones del INE y en el Código Electoral no se traduce en una vulneración al principio de jerarquía normativa, como fue la queja de la presidencia del ICAI.

La conclusión fue que el Consejo General del IEC, integrado por siete personas, “respetó los límites precisados en la norma federal y local a partir de los cuales se concretó a desarrollar aspectos procesales que les dan funcionalidad a los procedimientos de designación, ratificación y remoción de la Secretaría Ejecutiva, de los titulares de las direcciones ejecutivas y unidades técnicas”.

Con ello, expresó el magistrado ponente, “se garantizó que las propuestas estarán a cargo de la presidencia y la decisión definitiva por parte de las consejerías electorales”.

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