¡'Keysi' viene en camino! Perro olvidado en el aeropuerto de Monterrey se reencontrará con su familia

¡'Keysi' viene en camino! Perro olvidado en el aeropuerto de Monterrey se reencontrará con su familia
Redacción/ El Tiempo de Monclova

A través de Twitter, la cuenta del Aeropuerto Internacional de Monterrey informó que alguien dejó olvidada a una perrita en el área de documentación de Volaris.

La tarde del pasado lunes 10 de junio, el Aeropuerto Internacional de Monterrey dio a conocer en su cuenta de Twitter que una perrita de raza chihuahua se encontraba olvidada en la zona de documentación de Volaris.

A un día de la publicación, su dueño apareció y personal del aeropuerto la entregó. No obstante, algunos usuarios comentaron que no era buena idea regresarla a quienes la habían "olvidado".

“No se la regresen a la familia que la abandonó por favor”, “Ni lo van a hacer. La abandonaron”, “Ni lo hará. Quién olvida a su mascota en un aeropuerto”, “Qué tristeza de casos, pero la mayoría de los regios así son, abandonan a sus perritos”, son algunos comentarios.

Pero por otra parte otros usuarios pidieron que se grabara la reacción del dueño al reencontrarse con "Keysi".

La cuenta oficial del Aeropuerto no especificó si la perrita realizó un viaje para reunirse con su familia, o fue entregada en dicho punto. Sólo se dio a conocer que fue entregada a personal de Volaris.

Dado que el personal de Fauna del aeropuerto la resguardó, de no haber encontrado al dueño, pudo ser dada en adopción.

¿Abandonar a tu mascota se considera maltrato animal?

De acuerdo con la gaceta parlamentaria del Senado de la República, Nuevo León es uno de los estados que han tipificado el maltrato animal como un delito.

En el Artículo 445 de su código penal describen que al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal se le impondrá de tres días a un mes de prisión y multa de tres a cinco cuotas.

Asimismo, la Ley de protección y bienestar animal para la sustentabilidad de dicho estado establece en el artículo sexto que en el caso de los animales que se reporten y detecten como abandonados y cuyo dueño se ignore, la autoridad competente procederá al aseguramiento temporal precautorio de los mismos.

Para que el dueño lo recupere tendrá que ir con la autoridad competente con una constancia que acredite ser el propietario y además deberá cubrir los gastos generados durante el período de aseguramiento.

También especifican que pasado el plazo de 10 días sin que se haya reclamado al animal, éste será dado en adopción a organizaciones o asociaciones competentes.

Algo que también está marcado como prohibido es el abandono en lugares de riesgo tales como calles, carreteras, cualquier otro lugar de la vía pública, lotes baldíos, lugares despoblados, casas deshabitadas, entre otros.

Por lo anterior, se deduce que sí pudo considerase maltrato animal por abandono en caso de que sus dueños no la reclamaran.

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