Juez: 'La ley también castiga la omisión'

Juez: 'La ley también castiga la omisión'
Néstor Jiménez / El Tiempo Monclova

El Juez penal Óscar Cadena dijo que la ley es muy clara con aquellos que saben de un delito y no lo denuncian, como en el caso de la muerte del perrito "manchas".

El Ministerio Público llevará a cabo las investigaciones correspondientes debido a la omisión que existió en algunos actores que difundieron el video de la muerte del perro "Manchas" toda vez que este Se generó en el 2020 y apenas tres años después fue dado a conocer."Se tiene del conocimiento por parte del Ministerio Público, de cómo circuló el video, que existen actores o personas que se encuentran en estos momentos en una contienda y se observa que pueda estar siendo utilizado con algún fin diverso al de la administración de justicia" expresó el juez penal Óscar Cadena García.

Expresó que no se puede pronunciar si es con fines políticos o no, pero dijo que como mencionó el Ministerio Público "resulta difícil de creer que si el hecho ocurrió y el video se grabó en el 2020 y es hasta el año 2023 cuando se exhibe, es ahí cuando crea esta situación".

Cadena García explicó que es ahí cuando se traslada al artículo 222 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual refiere la obligación o deber de denunciar.

Habla de que toda persona que le conste un hecho constituible de un delito está obligada a denunciarlo ante el Ministerio Público y en caso de urgencia ante cualquier agente de la Policía "Ello llama la atención toda vez que se hacen imputaciones en el juicio social, en el exterior, en las redes sociales y demás de que esto aconteció durante una administración municipal".

Su señoría dijo que es de señalar, que de las personas que están circulando esta noticia, al menos uno de ellos formaba parte del cabildo de la administración municipal del año 2020 y dejó en claro que existe responsabilidad.

“Quien en ejercicio de sus funciones públicas tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito(como el de la crueldad animal) está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga será acreedor a las sanciones correspondientes” explicó el juez al leer el código. Y aseveró que eso quiere decir que la ley sí castiga y sanciona, en este caso, en el supuesto que fuera de esa manera, existe la comisión por omisión.“Es decir, si eres autoridad, eres como lo refiere el código penal, ejerces funciones públicas, tu trabajo hacia la comunidad y tienes conocimiento de un hecho delictivo, tienes el deber, no nada más el deber ciudadano, si no tienes el deber como autoridad y la obligación de denunciar si no lo haces estás omitiendo tu deber y en eso se traslada a una complicidad de comisión por omisión” dijo.

Explicó que al advertirse esta situación del artículo 60 del Código Nacional de Procedimientos Penales se puede por parte del juzgado dar vista al Ministerio Público, sin embargo, el juzgado no le puede ordenar, solo se le comunica que se está escuchando información en el juzgado y se puede encuadrar en un tipo penal para cierta persona y es labor del Ministerio Público.

“Dentro de este mismo caso o de otro que haya sucedido en un periodo de tiempo, que alguna persona tenía conocimiento de un hecho delictivo que tenía la obligación de denunciarlo en su momento y no lo denuncio” dijo. El Juez detalló que la labor del Ministerio Público es investigar del porqué hasta este momento están publicando el video.

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