Reforma electoral de Coahuila debe quedar en otoño próximo

Reforma electoral de Coahuila debe quedar en otoño próximo
Miguel Villarello / El Tiempo de Monclova

La comunicación político electoral se han venido fortaleciendo a través del uso de las redes sociales

Saltillo, Coah. (MAS Información).- La reforma electoral de Coahuila debería presentarse a discusión en el Congreso entre agosto y septiembre de este año para que esté vigente en las elecciones de 2023.

En tanto, sólo la autoridad electoral puede determinar si existen o no actos anticipados de proselitismo por parte de quienes se promocionan actualmente en redes sociales a un cargo de elección, señaló Luis Miguel Santibáñez Suárez, coordinador en México de la organización Transparencia Electoral.

En cuanto a la iniciativa de reforma electoral, el especialista destacó que cualquier tipo de iniciativa o de cambios en la norma electoral deben de proceder 90 días antes del inicio del proceso electoral, entonces para que se pueda llevar a cabo esta reforma es necesario que se tengan contempladas esas fechas.

Tomando en consideración que el proceso electoral iniciará en enero del 2023 en Coahuila, declaró: “Estamos hablando que estaríamos presentando la iniciativa y aprobándola por allá del mes de agosto o septiembre para que pudiese entrar en vigor”.

Y esta posible reforma, acotó, tendría que ir encaminada en el marco constitucional para que pudiera revisarse, que cumpla con todos los requisitos, y en ella determinar si existe o no alguna determinación específica respecto de la regulación de actividades como las precampañas o actos anticipados.

“Que, como ya lo decía, en la propia ley general de instituciones electorales y el código o ley local ya lo establecerá”.

En cuanto este tipo de supuesto de actos de precampaña en redes sociales que por algunas personas o partidos pueden ser considerados como anticipados, Santibáñez Suárez expresó que para este tipo de conductas existen procedimientos que deben ser agotados ante la autoridad electoral.

“Es la autoridad la que puede determinar si se trata o no de actos anticipados, en este caso de precamapaña”.

En cuanto a la posible falta de reglamentación al respecto y para sancionar este tipo de actividades antes de iniciar un proceso electoral el especialista dijo que ya existe legislación y medios de impugnación.

Que en cada órgano electoral existe un reglamento establecido para las quejas y denuncias y donde el propio artículo 41 y 134 de la Constitución establecen los límites que tienen en este caso los servidores y públicos para llevar a cabo actividades de difusión, deben cuidarse y contemplarse.

Los canales de comunicación político electoral se han venido fortaleciendo a través del uso de las redes sociales, pero debe garantizarse el cuidado a la norma electoral para ser utilizadas correctamente, destacó el coordinador en México de Transparencia Electoral.

 

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