CRE se la pone difícil a la IP en permisos de pertrolíferos

CRE se la pone difícil a la IP en permisos de pertrolíferos
Agencias / El Tiempo de Monclova

El solicitante deberá demostrar que no ha sido sancionado por delitos de la Ley Federal para Prevenir los Delitos en materia de hidrocarburos.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó un anteproyecto que propone incrementar los requisitos y obligaciones de permisos de comercialización y distribución de petrolíferos, lo que provocará una sobrerregulación en el mercado, advirtieron especialistas.
Proyecto. Carlos Vallejo, integrante de Lexoil Consultores, señaló que este anteproyecto puede ser una justificación por parte del órgano regulador para fundamentar las negativas a las solicitudes de permisos para comercializar petrolíferos. “Este documento viene a normalizar lo que veíamos en la práctica como una ‘regla no escrita’: en 2022, la CRE no ha emitido ningún permiso de comercialización; el año pasado tampoco, e incluso en mayo de 2021 se revocaron 168 permisos, dejando un total de 559 permisos vigentes”, acusó. Indicó que el panorama para esta industria es de incertidumbre, ya que no existen condiciones ni certeza jurídica para incursionar en esta actividad. “Vemos este tope o muro para entrar al mercado de combustibles, con esta regulación excesiva los permisos de comercialización tenderán a disminuir”, apuntó. Marcial Díaz, presidente de la Asociación de Regulados del Sector Energético, detalló que son seis los nuevos requisitos para solicitar un permiso para desarrollar esta actividad.

Investigaciones. El primero de ellos consiste en redactar una carta de intención; posteriormente, se debe manifestar que el solicitante no ha sido sancionado por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), y que no cuenta con investigación o procedimiento por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Asimismo, el solicitante deberá demostrar que no ha sido sancionado por delitos de la Ley Federal para Prevenir los Delitos en materia de hidrocarburos. También deberá probar que no ha sido sancionado administrativamente por la Secretaría de la Función Pública (SFP). Finalmente, deberá mostrar un estudio de mercado en el que se incluya proyecciones anuales de demanda a cinco años; memoria de cálculo y criterios para estimar la demanda; áreas geográficas de influencia en donde se pretende operar, y estimaciones anuales de volúmenes por producto a comercializar por los siguientes cinco años.  “Este último requisito no existía. Antes solo tenías que enviar un documento donde explicabas el modelo de negocio y cómo lo ibas a ejercer. Ahora tienes que ser un experto del sector sin haber ejercido la actividad, lo que nos lleva a un perfeccionamiento del mercado”, apuntó Marcial Díaz. El especialista estima que el anteproyecto sea publicado en el Diario Oficial de la Federación a finales de septiembre de este mismo año.

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