AMLO crea por decreto la empresa LitioMx, Litio para México
Agencias / El Tiempo de MonclovaTendrá el objetivo de la exploración y explotación del mineral en todo el país.
El gobierno de México, a través de la Secretaría de Energía, publicó el decreto mediante el cual se crea el organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal denominado Litio para México, con el acrónimo "LitioMx". El mismo, estará agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Energía, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, operativa y de gestión. De acuerdo con el decreto publicado en la edición verspertina del Diario Oficial de la Federación, la programación, presupuestación, control y ejercicio del gasto público federal correspondiente a Litio para México, se sujetará a las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su Reglamento, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, y en las demás disposiciones aplicables.
Se señala que el objeto de Litio para México es la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, ubicado en territorio nacional, así como la administración y control de las cadenas de valor económico de dicho mineral.
Decreto. El decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Litio para México.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 25, 27, 28 y 90 de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera; 3o., fracción I, 27, 31, 32 Bis, 33, 34, 45, 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción I, y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y considerando.
Tendrá el control. Que, en términos del artículo 25, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, "El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan"; Que el párrafo cuarto del artículo 27 Constitucional establece que corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales, entre ellos, los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; Que el artículo 28 constitucional, párrafo cuarto, establece que "No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas, así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión"; Que, en razón de lo anterior, se emitió el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Minera" (Decreto), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2022, que declara de utilidad pública al litio, por lo que no se otorgarán concesiones.
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