Otorgan amparos a empresas de energía eólica contra reforma eléctrica

Otorgan amparos a empresas de energía eólica contra reforma eléctrica
AGENCIAS / EL TIEMPO

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro amparó a cuatro empresas generadoras de energía eólica contra la reforma eléctrica impulsada por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El titular del Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones declaró que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, publicada en marzo pasado, distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado de generación y comercialización de energía eléctrico en perjuicio de otros participantes y los consumidores finales.

"Se priva indefinidamente a los consumidores de los beneficios de un mercado eléctrico competitivo, pues al priorizar el suministro de energía eléctrica y modificar el despacho económico, principalmente, no solo se fortalece la participación y desarrollo de la CFE y de sus empresas subsidiarias, sino que además ocasiona que se limite el despacho de centrales eléctricas que pueden ser más eficientes, lo que se reflejará en tarifas eléctricas más elevadas para los consumidores", señala la sentencia de amparo dictada por el juez Gómez Fierro.

Para el juzgador, las razones económicas para impulsar el sector eléctrico nacional no deben contraponerse a las razones ambientales para disminuir el cambio climático.

"La generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en la lucha contra el cambio climático debe ser una prioridad para el Estado. Estabilizar las emisiones a la atmosfera de gases de efecto invernadero para desacelerar el cambio climático puede hacerse siempre que el desarrollo económico se haga de manera sostenible", indicó el juez.

Con esto, amparó a las empresas Energía y Proyectos Eólicos, Fuerza y Energía de Naco Nogales, Fuerza y Energía BII Hioxo y Fuerza Eólica San Matías.

El fallo del juez Gómez Fierro puede ser impugnado a través de un recurso de revisión que deberá resolver un tribunal Colegiado especializado en la materia.

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