Las reglas del outsourcing entran en vigor; simulación se penará con cárcel

Las reglas del outsourcing entran en vigor; simulación se penará con cárcel
Agencias / El Tiempo de Monclova

Las facturas por concepto de suministro de personal que no cuenten con la inscripción al Repse pierden sus efectos para deducibilidad.

CIUDAD DE MÉXICO.-A partir de ayer 1 de septiembre todos los elementos de la reforma de subcontratación son aplicables y el incumplimiento puede ser castigado con prisión y multas superiores a los 4 millones de pesos.

“No hay fecha que no se cumpla ni plazo que no se venza”, dice un conocido refrán, el cual encaja a la perfección con el nuevo escenario para el outsourcing en nuestro país que se materializa este 1 de septiembre. A partir de este mes, todas las nuevas disposiciones en materia de subcontratación están vigentes y, con ello, las implicaciones penales en caso de simular servicios especializados o firmar contratos para suministro de personal.

Vence plazo

Con el arranque de septiembre vencieron los nuevos plazos previstos para la regularización de las empresas que tenían contratos de subcontratación laboral y para los negocios que desean prestar servicios especializados en el mercado. Al mismo tiempo, entraron en vigor todas las disposiciones de seguridad social y de la materia fiscal.

Entre las nuevas reglas aplicables a partir de este mes, la subcontratación laboral o la simulación de los servicios especializados se equipara a delito de defraudación fiscal que puede ser castigado hasta con nueve años de prisión, según el Código Fiscal de la Federación.

Repse

Además, las facturas por concepto de suministro de personal o de subcontratación de servicios especializados que no cuenten con la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) pierden sus efectos para deducibilidad.

Durante el tiempo de transición, las empresas podían celebrar nuevos contratos de prestación de servicios especializados sin contar con el Repse, pero a partir de este 1 de septiembre todos los contratos de tercerización deben contar con el registro en el padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que las facturas emitidas por los contratistas tengan efectos de deducibilidad y acreditamiento ante el ISR y el IVA.

Modificaciones

La reforma de subcontratación contempló la modificación a ocho ordenamientos legales, con ello, desde abril quedó prohibido el outsourcing basado en suministro de personal. Los cambios en la legislación establecieron nuevas reglas para la subcontratación, como la tercerización de servicios, siempre que no formen parte del objeto social y actividad económica preponderante del cliente y que el contratista cuente con el Repse.

Las modificaciones al esquema de subcontratación también incorporaron las multas por incumplimiento más elevadas en la historia de la legislación laboral. Al vencer el plazo de transición el 1 de septiembre, la empresa que preste o se beneficie de servicios especializados que no cuenten con el registro ante la STPS, puede ser sancionada con una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos.

El IMSS y el Infonavit

A partir de este mes, entre las nuevas obligaciones que deben cumplir las empresas que se dedican a ofrecer servicios especializados se encuentran los informes cuatrimestrales sobre los contratos celebrados que deben entregar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). El 17 de septiembre es la fecha límite para entregar el primer reporte.

Manuel Fuentes Muñiz, profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), consideró que la reforma está por entrar a su etapa más notable: poner en juego todas las nuevas reglas y, en esta fase, lo que más se destacará serán los informes que se entregarán al IMSS y al Infonavit.

Escenario de amparos

Si la reforma fuese una serie, el 1 de septiembre se estrenaría la segunda temporada. Los especialistas consultados por El Economista coinciden en que el siguiente escenario no está exento de una ola de amparos debido a las dudas y diferentes interpretaciones en torno a las nuevas reglas.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) prohíbe expresamente la subcontratación laboral entendida como poner trabajadores propios a disposición de otra empresa. Sin embargo, los lineamientos del Repse indican que los servicios especializados son aquéllos que se prestan poniendo a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente.

IMSS reconoce amparos

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), 301 empresas han tramitado 321 amparos judiciales contra la reforma de subcontratación. Entre el 28 de febrero y el 1 de agosto de este año el número de puestos de trabajo asociados a esas organizaciones disminuyeron 16%, es decir, cerca de 16,000 empleos.

 

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