Avalan reformas en la materia laboral
AGENCIAS / EL TIEMPOLeyes en materia laboral relacionadas con teletrabajo, subcontratación, justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, son otras de las reformas que fueron avaladas durante la 65 Legislatura, destacó la Cámara de Diputados.
A través de un comunicado, recordaron que el 8 de diciembre de 2020 se avaló la reforma al artículo 311 y se adicionó el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, denominado "Teletrabajo", para establecer que no se requiere la presencia física del empleado en el centro de trabajo, modalidad que se incrementó durante la pandemia y que formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas.
El 13 de abril de 2021, se avalaron las reformas a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, entre otras, para regular la subcontratación laboral.
"Con ello, se prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporcione o ponga a disposición a trabajadores propios en beneficio de otra, con el fin de proteger los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores vinculados por una relación de trabajo; asimismo, garantiza el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la erradicación de malas prácticas en la implementación de esta figura", señala el comunicado.
Por otra parte, el 11 de abril de 2019 las y los diputados aprobaron reformar las leyes Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de la Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.
"Se incluyó que el trabajo exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, así como el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes. Incorpora los conceptos de Autoridad Conciliadora, Autoridad Registral y Centro de Conciliación", explicaron.
Además, cuando un convenio entre el trabajador y el patrón sea celebrado sin la intervención de las autoridades, se considerará susceptible para reclamar su nulidad ante el Tribunal. Se publicó en el DOF el 1 de mayo 2019.
Finalmente, el 30 de abril de 2019 se aprobaron modificaciones a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para establecer que el trabajador "ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación en un sindicato, a nadie se le puede obligar a formar parte de un sindicato, a no formar parte de él o a permanecer en el mismo", mientras que el 29 de octubre de 2019 se avaló expedir la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que establece la organización y funcionamiento de este organismo descentralizado federal.
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