Legalizan en Veracruz concubinato sin distinción de género

Legalizan en Veracruz concubinato sin distinción de género
EL UNIVERSAL | AGENCIA

Con 35 votos a favor, 14 en contra y cero en abstención, los legisladores dejaron establecido el concubinato como "la unión de hecho entre dos personas, sin que exista un contrato entre ellos, que ambos se encuentren libres de matrimonio y decidan compartir la vida para apoyarse mutuamente".

El pleno del Congreso de Veracruz aprobó una amplia reforma en materia civil, la cual integra la perspectiva de género, la no discriminación y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes. Durante sesión ordinaria, la mayoría de los diputados de Morena y sus aliados avalaron cambios al Código Civil, a fin de establecer el divorcio incausado o "exprés" y legalizar el concubinato entre personas sin distinción de sexo y con los derechos inherentes al matrimonio.
Asimismo en el Congreso se estableció una pensión compensatoria con base en perspectiva de género: se eliminaron los requisitos discriminatorios contra las mujeres para contraer nupcias tras un divorcio. Con 35 votos a favor, 14 en contra y cero en abstención, los legisladores dejaron establecido el concubinato como "la unión de hecho entre dos personas, sin que exista un contrato entre ellos, que ambos se encuentren libres de matrimonio y decidan compartir la vida para apoyarse mutuamente".
Además confirieron a los concubinos la oportunidad de recibir todos los derechos y obligaciones inherentes al matrimonio, con o sin hijos o hijas concebidos. "Regirán al concubinato todos los derechos y obligaciones inherentes al matrimonio en los que le fueron aplicados", quedó aprobado. En este sentido, le otorgaron derechos a los exconcubinos, como una pensión alimenticia en la medida de las posibilidades por haber constituido una relación familiar, hasta que, en tanto, "la expareja no contraiga nupcias".
También se especifica la forma en la que deberán actuar los órganos jurisdiccionales ante los casos de violencia familiar; es decir, con medidas de protección, como la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido. De igual manera, la reforma determina disposiciones sobre la custodia de los hijos ante separaciones y manutención, y contempla que éstos podrán llevar primero el apellido de la madre si así se acuerda entre los padres.

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