Cuestiona Muñoz Ledo reglas sobre patentes farmacéuticas
EL UNIVERSAL / EL TIEMPOde tal manera que no se den registros sanitarios si existe alguna posibilidad de que se invada una patente
El diputado Porfirio Muñoz Ledo, de Morena, criticó el sentido de lo aprobado en la Ley de Protección Industrial -que abrogó la Ley de Propiedad Industrial- y que representa "un engendro" que no conviene al interés nacional.
El legislador difundió un escrito del Dr. Mauricio de María y Campos, exdirector General de la Organización de Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y primer experto mexicano en la materia, en el que se plantea que con lo avalado no será posible, como se pretende, la rápida producción de medicamentos tras el vencimiento de su patente.
"Espero que por el interés nacional no se apruebe tal engendro en la Cámara de Diputados", escribió Muñoz Ledo en Twitter previo a que hoy pasara esa ley por la Cámara de Diputados.
En el documento del experto y publicado por el legislador morenista, se expone que aunque se deben equilibrar tanto los derechos de las patentes, como la posibilidad de entrada al mercado de medicamentos genéricos cuando venzan esas patentes, eso no podría ser posible con la Ley como fue aprobada por el Senado el lunes y este martes por la Cámara de Diputados.
"Ayer hubo una declaración en el sentido de que el Grupo Parlamentario de Morena en el Senado está a favor de medicamentos baratos y de no extender la vigencia de las patentes” y contar con genéricos desde el primer día del vencimiento de la patente.
“Lamentablemente esto no será factible por la redacción que se tiene en lo relativo a la vinculación, también conocida como linkaje. El resultado será que se retrasará el otorgamiento de registro sanitarios en la Cofepris a medicamentos genéricos, lo cual podría ser por años después de litigios que iniciarían los titulares de las patentes como lo han hecho hasta ahora".
De acuerdo al escrito el artículo 162 de la Ley "da margen para esa situación", pues la vinculación consiste en la disposición mediante la cual la autoridad sanitaria no autoriza la comercialización de un medicamento genérico bajo la premisa que está protegiendo la patente de un medicamento innovador.
En Estados Unidos lo aplican únicamente a las patentes de medicamento innovador (moléculas químicas) ya sean de principio activo, formulación o uso. En los países europeos esta figura se considera anti competitiva y está expresamente prohibida su aplicación, según expuso el especialista
En México se deja abierto, "de tal manera que no se den registros sanitarios si existe alguna posibilidad de que se invada una patente" y es el Instituto Mexicano de la Protección Industrial (IMPI) el que determina si una patente protege o no un medicamento, cuando eso deberá ser competencia de Cofepris, explicó.
Además estableció que se abre la puerta a la judicialización del artículo "para incluir judicialmente más factores al sistema de vinculación que los principios activos y composiciones".
Mencionó dos ejemplos de medicamentos que serían afectados por esa medida: el Trastuzumab, para cáncer de mama, autorizado en 2000 y lleva 20 años en el mercado mexicano
"En México no existió patente de sustancia activa, sin embargo, existen cerca de 40 patentes para el mismo medicamento que su titular obtuvo para bloquear la competencia. Esa sola clave representa más de mil millones de pesos al país en facturación, en su mayoría al gobierno".
Aún hay un amparo en curso, "desde hace 2 años, sin que baje el precio del medicamento".
También citó el caso del Tadalafil, mismo que ya es de dominio público desde 2015 pero el principio activo seguirá protegido hasta 2030 "por estrategias diversas".
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